Base Legal y Artículo 31

La Oficina está respaldada por una base legal, la cual desglosaremos:

 

· Constitución de los Estados Unidos (enmienda XIV).

· Título VII de la Ley Federal de Derechos Civiles de 1964, prohíbe el discrimen en el empleo por razón de sexo.

· Ley contra el Discrimen en el Empleo por Razón de Edad - 1967(ADEA).

· American with Disabilities Act - 1990 (ADA).

· Ley de Rehabilitación de 1973.

· Sección 1 del Artículo II de la Constitución del Estado Libre Asociado de PR.

· Orden Ejecutiva 11246 de 24 de septiembre de 1965 (Igualdad de Oportunidades en el Empleo).

· Ley 212 de 3 de agosto de 1999 - Ley para Garantizar la Igualdad de Oportunidades en el Empleo por Género.

· Reglamento de la Universidad de Puerto Rico:  Artículo 31 de la Igualdad de Oportunidades para todo el personal.

· Sección I del Artículo I de la Constitución del Estado Libre Asociado de PR.

· Sección 16 del Artículo I de la Constitución del Estado Libre Asociado de PR.

· Ley Núm. 20 de 11 de abril de 2001 - Ley Oficina Procuradora de las Mujeres.

· Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989 - Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica.

· Ley Núm. 184 de 3 de agosto de 2004 - Ley para la Administración de los Recursos Humanos del Servicio Público.

· Ley Núm. 16 de 5 de agosto de 1975 - Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

· Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959 - Discrimen por Razón de Sexo.

· Ley Núm. 69 del 6 de julio de 1985 - Ley de Igualdad de Derechos de Empleo, tanto del hombre como de la Mujer.

· Occupational Safety and Health Act of 1970 (OSHA).

· Ley Núm. 165 de 10 de agosto de 2002 - Licencia de Maternidad.

· Ley Núm. 284 de 24 de agosto de 1999 - Ley Contra el Acecho en Puerto Rico.

· Ley Núm. 538 de 30 de septiembre de 2004 (enmienda la Ley Núm. 54) - Un patrono puede solicitar orden de protección a favor de uno de sus empleados (as).

· Prohibición Federal de Armas de Fuego.

· Violence Against Women Act of 1994 (VAWA) - Provee protecciones legales para mujeres maltratadas.

 

 

 

Según el Artículo 31 del Reglamento General de la Universidad de

Puerto Rico y conforme a la Orden Ejecutiva 11246, según enmendada

(30FR12319) del Gobierno Federal y a la Ley Núm. 212, se prohíbe el

discrimen por razones de raza, sexo, color, nacimiento, edad, origen o

condición social, ideas políticas o religiosas, condición o impedimento

físico o mental o condición de veterano.

Text Box: Para contactarnos:

Tel: (787) 844-8181 Ext. 3070
atorres@uprp.edu

Universidad de Puerto Rico en Ponce

Oficina de Igualdad de Oportunidades en el Empleo