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Coronavirus Response and Relief Supplemental Appropriations Act (CRRSAA)
Universidad de Puerto Rico en Ponce

Coronavirus Response and Relief Supplemental Appropriations Act (CRRSAA)

Información GeneralComunicado 14 de enero de 2021MetodologíaAsignación por universidades

En respuesta a la pandemia mundial causada por COVID-19, el gobierno de los Estados Unidos ha promulgado el Coronavirus Response and Relief Supplemental Appropriations Act, 2021 (CRRSAA), Pub. L. 116-260 (Dec. 27, 2020), el cual provee una asignación de fondos de emergencia conocida como el Higher Education Emergency Relief Fund (HEERF). Estos fondos tienen el propósito primordial de brindar apoyo a los estudiantes para atender distintas necesidades y gastos relacionados a la emergencia del COVID-19, así como el impacto de la interrupción de las operaciones regulares en las instituciones.

El Subsecretario Interino del Departamento de Educación Federal, el Dr. Christopher J. McCaghren, en su comunicado del 14 de enero de 2021, anunció que aquellas instituciones de educación superior que ya tuvieran una otorgación bajo la porción estudiantil e institucional del Cares Act, no les sería necesario enviar solicitudes adicionales para tener acceso a estos fondos. Sino que, automáticamente procesarían los fondos adicionales como suplementos a las subvenciones existentes. Los términos y condiciones aplicados en el nuevo acuerdo suplementario serán considerados aceptados al retirar cualquier cantidad de estos fondos.

El Departamento de Educación Federal estableció la metodología para determinar la asignación de fondos correspondientes a cada una de las instituciones de educación superior. La cantidad está basada en función de la proporción de estudiantes que estaban matriculados exclusivamente en educación a distancia antes de la emergencia. En el caso de la Universidad de Puerto Rico en Ponce, la metodología utilizada reflejó una asignación de fondos ascendentes a $8,364,340 (pág. 69) de los cuales  $2,657,126 (cantidad igual a los fondos otorgados bajo el Cares Act) deben ser destinados como la cantidad mínima que será otorgada en ayudas de emergencia a los estudiantes elegibles.

Información general sobre el COVID-19 también está disponible en la página oficial de la Universidad de Puerto Rico accediendo al enlace https://www.upr.edu/covid19/.

CRRSAA: Proyecto Estudiantes At UPRP We Care

CRRSAA EstudiantilLo que debo saberPreguntas Frecuentes UPRAcuerdo Porción EstudiantesPreguntas Frecuentes Departamento Educación Federal

En respuesta a la pandemia mundial causada por COVID-19, el gobierno de los Estados Unidos ha promulgado el Coronavirus Response and Relief Supplemental Appropriations Act, 2021 (CRRSAA), Pub. L. 116-260 (Dec. 27, 2020), el cual provee una asignación de fondos de emergencia conocida como el Higher Education Emergency Relief Fund (HEERF). El acuerdo establecido por el Departamento de Educación Federal indica que, según la Sección 314(d)(5) de CRRSAA, la Institución habrá de proveer la misma cantidad total que se distribuyó bajo la Sección 18004(1)(1) del CARES Act en ayudas de emergencia para estudiantes, que en nuestro caso representa $2,657,126. Los estudiantes no pueden solicitar esta asistencia directamente al Departamento de Educación de EE. UU., la Institución tiene la responsabilidad en determinar cómo se distribuirán las subvenciones a los estudiantes y cómo se calcula el monto de la misma.

Esta página provee datos o guías generales sobre esta ayuda de emergencia para estudiantes.

¿Para qué puedo utilizar esta ayuda?
Esta ayuda financiera estará disponible a los estudiantes (incluidos los estudiantes matriculados exclusivamente en educación a distancia), para ser utilizadas en cualquier componente de sus costos de estudio, o para los costos de emergencia que surjan debido al coronavirus, como matrícula, alimentos, vivienda, gastos médicos o de salud (incluido el cuidado de la salud mental) o el cuido de niños.

¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para recibir la ayuda de CRRSAA?
Serán elegibles a recibir esta ayuda los estudiantes:
1. clasificados como U.S. Citizens o Elegible-Non Citizens (ciudadanos americanos o no-ciudadanos-elegibles que disfrutan de ayudas federales)
2. que no están matriculados en escuela superior
3. matriculados en UPRP en el semestre de enero 2021

¿Es necesario completar alguna solicitud para recibir la ayuda?
No, no es necesario completar ningún formulario para recibir esta ayuda de CRRSAA, con excepción de aquellos estudiantes que soliciten una ampliación a la ayuda bajo el criterio de necesidad excepcional.

¿Cuál es el total de fondos disponibles en ayudas para los estudiantes bajo el CRRSAA Porción Estudiantil?
Bajo la metodología establecida por el Departamento de Educación, el total de ayuda que se estará desembolsando a los estudiantes bajo la porción estudiantil asciende a $2,657,126.

¿Cómo se distribuirán los fondos en acuerdo a las necesidades de los estudiantes?
La Institución distribuirá los fondos a los estudiantes priorizando aquellos que tienen necesidades excepcionales.

  • Estudiantes que disfrutan de beca Pell
    Se ha configurado el sistema de información estudiantil para distribuir los fondos a los estudiantes elegibles en acuerdo a los siguientes criterios:
    1. Estudiantes a tiempo completo recibirán una otorgación igual a $1,150.00
    2. Estudiantes a tiempo parcial recibirán una otorgación igual a $1,100.00
  • Estudiantes que no disfrutan de beca Pell
    El Departamento de Educación Federal ha establecido que el criterio de ser participante o elegible al programa de Título IV no es un requisito para participar de los fondos de CRRSAA, por lo que se ha hecho provisión para que los estudiantes que no disfrutan de beca Pell puedan participar de esta ayuda. Luego de haber priorizado la distribución de los fondos a los estudiantes participantes del programa de beca Pell, los estudiantes no participantes del programa de beca Pell y que cumplen con los requisitos de elegibidad, recibirán una ayuda de $1,075.00.
  • Ampliación por necesidad excepcional
    Se ha reservado un 10% del presupuesto ($265,712) para ampliar la ayuda de emergencia, en aquellos casos en que el estudiante  solicite una ampliación a la misma, por entender que un evento extraordinario le ha ocasionado una necesidad excepcional. La Institución distribuirá estos fondos entre aquellos estudiantes que soliciten la ampliación de esta ayuda y justifiquen la misma bajo alguno de los siguientes criterios:
    a. Gastos asociados a la muerte de un familiar de primer y segundo grado de consanguinidad del estudiante (padres/hijos, abuelos/nietos/hermanos, respectivamente) a causa del COVID-19.
    b. Reducción de horas en el empleo o pérdida total del mismo a causa de COVID-19, ya sea del estudiante o de un familiar de primer grado de consanguinidad (padres/hijos dependientes del estudiante) que viven bajo el mismo techo.
    c. Gastos médicos asociados al diagnóstico y tratamiento del COVID-19, ya sea del estudiante o de un familiar de primer grado de consanguinidad (padres/hijos del estudiante) que vivan bajo el mismo techo del estudiante.
    d. Gastos asociados a la restructuración del componente familiar ocasionado por el diagnóstico y tratamiento del COVID-19 (familiares se mudaron a vivir en el núcleo familiar del hogar del estudiante o el estudiante se relocalizó temporeramente en otro domicilio familiar, hotel o residencia particular producto del diagnóstico del COVID-19 de un miembro que vive bajo su mismo techo).
    e. Un evento que, basado en el juicio profesional, un Oficial de Asistencia Económica pudiera determinar que existe una necesidad excepcional.

A tales efectos, la Oficina de Asistencia Económica habilitará un formulario para que aquel estudiante que entienda tiene una necesidad excepcional, pueda solicitar una ampliación a esta ayuda, justifique la misma y presente la juramentación correspondiente a la solicitud que está haciendo para participar de este fondo federal.

¿Cuándo estaré recibiendo el desembolso de la ayuda de CRRSAA porción estudiantil?
El desembolso de esta ayuda deberá estar recibiéndose el 26 de marzo de 2021. Posterior a esa fecha, los estudiantes que soliciten una ampliación a la ayuda bajo el criterio de necesidad excepcional, y se determine la elegibilidad de la misma, estarán recibiendo un desembolso adicional.

¿Cuáles son las regulaciones federales que auditan estos fondos?
La ayuda de los fondos CRRSAA es auditable bajo el programa de Single Audit y la Institución debe cumplir con las regulaciones federals establecidas por el Departamento de Educación Federal. De igual manera, el estudiante beneficiario de estas ayudas será responsable por el fiel y estricto cumplimento del propósito para el cual fue otorgada la ayuda.

¿Están las ayudas de emergencia de CRRSAA Estudiantil disponibles para la sesión académica de verano 2021?

Si, el presupuesto no distribuido durante el año académico 20-21 será otorgado equitativamente entre los estudiantes elegibles matriculados durante la sesión de verano 2021.

¿Dónde puedo obtener más información del programa de CRRSAA?
Puede presionar aquí para acceder al documento de preguntas frecuentes publicados por el Departamento de Educación Federal.
También puede presionar aquí para acceder al documento de preguntas y respuestas publicado por la Universidad de Puerto Rico.
Para visitar la página del Departamento de Educación Federal, y obtener más detalles del HEERF II: Student Aid Portion for Public and Nonprofit Institutions (a)(1), puede acceder en el siguiente enlace: https://www2.ed.gov/about/offices/list/ope/heerfiistudent.html

 

Se exhorta a los estudiantes a estar atentos al correo electrónico institucional desde donde se les estaría enviando información oficial. En casos de dudas o preguntas específicas sobre el programa de CRRSAA, puede enviarnos un correo electrónico a la dirección: crrsaa.ponce@upr.edu.

 

UPR Ponce CRRSAA Team

CRRSAA: Proyecto Instituciónal At UPRP We Keep Caring

CRRSAA InstitucionalPlan Implementación AprobadoAcuerdo Porción InstitucionalPreguntas FrecuentesImplementation Plan

El pasado 17 de enero de 2021, la Universidad de Puerto Rico en Ponce recibió la notificación del suplemento a la subvención otorgada originalmente bajo la ley Cares. La porción institucional para este proyecto denominado At UPRP We Keep Caring, asciende a $5,707,214.00. En conjunto con los fondos otorgados, la institución se compromete a cumplir con los requisitos para el uso de esta ayuda destinada a cubrir necesidades en la Institución.

A estos fines, en conjunto con la comunidad universitaria, se ha trazado un plan que viabilice el uso efectivo y apropiado de estos fondos en favor de la Universidad de Puerto Rico en Ponce. Este plan fue presentado al Comité Evaluador de la Administración Central de nuestra institución y el mismo fue aprobado el 1 de marzo de 2021.

Coronavirus Response and Relief Supplemental Appropriations Act (CRRSAA)

CRRSAA MinorityAcuerdo CRRSAA

La Ley CRRSA de 2020 proveyó al Departamento de Educación Federal asistencia a través del Higher Education Emergency Relief Fund (HEERF) I y II, respectivamente, para instituciones que sirven a minorías étnicas. Nuestra institución se reconoce como Developing Hispanic Serving Institution, por lo cual el Departamento de Educación Federal nos otorgó a través de HEERF II Supplemental Agreement una subvención adicional bajo la  Sección 314 (a)(2) la cantidad de $434,295.00 el 12 de marzo del 2021. El mismo tiene como propósito complementar a los fondos de CRRSAA Institucional y CRRSAA Estudiantil.

Para más información de estos fondos puede visitar, https://www2.ed.gov/about/offices/list/ope/heerfiimsi.html.

También pueden comunicarse con la Sra. Ruby Giraldo, quien se desempeña como Directora de estos fondos, al siguiente correo electrónico: ruby.giraldo@upr.edu.

CRRSAA Compliance Reports

For the Period Ended March 31, 2021For the Period Ended June 30, 2021

Quarterly Budget and Expenditure Reporting under CRRSAA

For the Period Ended March 31, 2021For the Period Ended June 30, 2021For the Period Ended September 30, 2021

Facultad Activa Segundo Semestre 2020-21

Tareas para Evidenciar Tiempo y Esfuerzo

En el marco de la pandemia desatada por el COVID-19, la Facultad de la UPR en Ponce, desde mediados de marzo de 2020 hasta el presente, ha realizado una serie de gestiones de gran relevancia para poder ajustar exitosamente los cursos presenciales e híbridos a cursos 100% asistidos por las tecnologías en línea, según lo indicado en el comunicado del Presidente de la UPR, fechado el 14 de junio de 2020.

A tales efectos, y para fines de evaluar la posibilidad de brindar una compensación por tiempo y esfuerzo adicional, agradecemos que toda la facultad que ofrece cursos en UPR Ponce durante el segundo semestre 2020-2021 complete la siguiente encuesta accediendo a la misma en el enlace:

[Encuesta: Tareas para Evidenciar Tiempo y Esfuerzo Extra Realizado por Facultad (COVID-19 2do Sem. 2020-21)]

26 de marzo de 2021

13 de abril de 2021

14 DE JUNIO DE 2021