Beca Federal Pell
Se concederá a estudiantes matriculados en un programa subgraduado en la institución y que sean elegibles de acuerdo con los requisitos. La cantidad a otorgarse dependerá de los costos de estudio, total de créditos matrículados por semestre y el Aporte Familiar Previsto (Expected Family Contribution, EFC por sus siglas en inglés) que calcule el Departamento de Educación Federal basado en la información suministrada por el estudiante en la FAFSA.
Year Round Pell
El Programa Federal “Pell Grant” permite que un estudiante elegible utilice durante el periodo de pago hasta un 50% adicional de su otorgamiento programado de beca. Esto no es una beca de verano, es un 50% adicional a su elegibilidad para recibir ayuda Pell. Se activa una vez se haya utilizado el 100% de beca al que el estudiante es elegible al año y esté matriculado en una carga académica mínima de seis créditos en la sesión de verano. Algunos requisitos para recibir esta ayuda económica son: ser elegible a beca Pell por EFC; estar matriculado(a) en 6 créditos y aprobarlos, ya que normalmente el pago ocurre al finalizar el curso; y cumplir con las normas de progreso académico según la Certificación 55 [2016-2017].
Beca Federal Complementaria para la Oportunidad Educativa (FSEOG)
Se concederá a estudiantes matriculados en un programa subgraduado en la Institución y que sean elegibles de acuerdo con los requisitos. La concesión de esta beca está basada en el EFC, la necesidad económica y los créditos matriculados. Esta ayuda se otorga de acuerdo con el presupuesto asignado a la institución y sólo podrán se considerados mientras haya fondos disponibles. No es requerido llenar otra solicitud aparte de la FAFSA.
Programa de Préstamo Federal
En este programa se ofrecen préstamos con una baja tasa de interés para estudiantes que reúnan los requisitos de participación, con el propósito de ayudar a cubrir los costos de estudio. Será necesario llenar otros documentos electrónicos antes de recibir un pago de préstamo. Para solicitar un préstamo y conocer la documentación adicional que deberá presentar, el estudiante debe visitar la Oficina Programática de Asistencia Económica luego de comenzado el periodo académico. Es importante que el solicitante haya radicado la FAFSA y completado cualquier requisito de verificación, aún con que entienda que resultará inelegible a las demás ayudas.
Programa de Estudio y Trabajo
Este programa ofrece empleo a tiempo parcial durante el periodo académico para estudiantes elegibles con necesidad económica y carga académica no menor de seis (6) créditos por semestre. El pago por hora será definido a base de las leyes federales, estatales y reglamentos aplicables. Al momento de hacer la determinación de horas a trabajar podría considerarse el programa de estudios, así como el progreso académico del estudiante y la disponibilidad de fondos del programa.
Interesados en participar en el Programa:
Se enviará una comunicación a través de correo electrónico con los detalles del Programa, previo al periodo de trabajo. Existen dos periodos de trabajo: (1) Primer y Segundo semestre del año académico y (2) Verano. Se establecerá la fecha de solicitud en línea y los estudiantes interesados deben registrarse para ser evaluados, según el orden en que se hayan recibido las solicitudes. La asignación de la ayuda económica estará sujeta al presupuesto asignado.
Política Institucional para Otorgar Ayudas Económicas (Certificación Núm. 47, 2019-2020)
La Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico aprobó la Política Institucional Sobre La Otorgación De Ayudas Económicas Para Estudiantes Con Distinciones Académicas En La Universidad De Puerto Rico, Certificación 4 (2019-2020) de la Junta de Gobierno, enmendada por la Certificación 47 (2019-2020) de la Junta de Gobierno y la Certificación 75 (2019-2020) de la Junta de Gobierno.
Con esta Política, la UPR se compromete a garantizar una administración equitativa, óptima y responsable fiscalmente en la concesión de ayudas económicas, mediante el establecimiento de los parámetros necesarios para asegurar su aplicación uniforme a través del sistema universitario, a base de resultados y cumplimiento efectivo de los objetivos para los cuales se concede.
El otorgamiento de ayudas económicas a nuestros estudiantes representa el reconocimiento al mérito de quienes promueven la excelencia académica e investigativa, considerando su necesidad económica. Además, esta ayuda reconoce el esfuerzo y dedicación de los estudiantes atletas y miembros de agrupaciones artísticas que representan a nuestra Universidad. De igual forma, la Política estimula el reclutamiento, desarrollo y retención de estudiantes, para el cumplimiento de su misión.
Se reconocen las siguientes categorías elegibles para ayuda económica:
- Estudiantes elegibles a matrícula de honor
- Empleados
- Hijos y cónyuges dependientes de empleados
- Representantes Estudiantiles ante la Junta Universitaria
- Representantes Estudiantiles ante la Junta de Gobierno
- Atletas
- Conjuntos musicales y de teatro (bandas, coros, cantores, tunas)
Para la concesión de ayuda económica que contempla esta Política, todo estudiante, subgraduado y graduado, deberá completar la solicitud para concesión de ayudas económicas federales (FAFSA) del Departamento de Educación Federal, independientemente de su situación económica.
Política para la concesión de ayuda económica del programa de becas para mitigar el alza en matrícula del Plan Fiscal de la Universidad de Puerto Rico (Certificación Núm. 148, 2021-2022; Ley Núm. 4, 2022)
Esta Política se promulga con el propósito de cumplir con la Ley Núm. 4-2022, conocida como “Ley de Fondo de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal”, que establece el mandato para que la Universidad de Puerto Rico, por conducto de su Junta de Gobierno, establezca la creación del Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal.
Este Programa de Becas, será utilizado para costear los gastos de matrícula y demás costos relacionados de aquellos estudiantes con progreso académico favorable y necesidad económica que cursen sus estudios subgraduados o graduados en la Universidad.
Los requisitos de elegibilidad serán los siguientes:
1. El estudiante debe demostrar necesidad económica.
2. Estar matriculado en algún programa subgraduado o graduado.
3. Haber completado la FAFSA.
4. Demostrar progreso académico satisfactorio.
5. Ser ciudadano de Estados Unidos domiciliado en Puerto Rico, o haber obtenido del Gobierno Federal el estatus de Residente Permanente y estar debidamente domiciliado en Puerto Rico.
6. El ingreso bruto ajustado anual del grupo familiar debe estar por debajo del umbral de los cien mil dólares ($100,000) anuales.
Esta ayuda se otorga de acuerdo con el presupuesto asignado a la institución y su distribución es en base a los criterios establecidos, hasta agotar los fondos.
Fondo Dotal
El Fondo Dotal de Ia Universidad de Puerto Rico tiene como objetivo respaldar las actividades académicas y de investigación y creación de la Universidad de Puerto Rico, para estudiantes graduados y sub graduados, asegurando Ia estabilidad fiscal de Ia institución para generaciones futuras. El Fondo se constituye de aportaciones de entidades públicas o privadas, exalumnos, sobrantes presupuestarios, asignaciones legislativas, el producto de Ia venta de propiedades de Ia Universidad de Puerto Rico o de cualquier otra entidad o persona natural o jurídica que desee aportar al crecimiento del fondo. El principal de los fondos depositados se mantiene intacto y se invierte a perpetuidad, solamente se utilizan los réditos o ingresos que estos generen, y para los propósitos estipulados por el fondo, los donantes o legatarios.
Fondo Especial de Becas de la UPR (Certificación Núm. 49, 2018-2019; Ley Núm. 44, 2018)
Las Becas del Fondo Especial otorgan asistencia económica de hasta mil dólares ($1,000) por beneficiario por año académico, otorgada según dispuesto en el Reglamento presentado en la Certificación 49 (2018-2019) de la Junta de Gobierno de la UPR. Esta otorgación no podrá exceder la necesidad económica determinada del estudiante, al ser combinada a otras ayudas económicas que éste reciba, incluyendo el préstamo estudiantil.
El Fondo Especial es asignado y aprobado por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico que dispone la trasferencia de un tres por ciento (3%) de los ingresos netos proyectados de la Lotería Tradicional atribuibles al mes anterior, en virtud del Artículo 14 (d) de la Ley Número 10.
Los estudiantes que son elegibles por el Expected Family Contribution (EFC), según definido por la FAFSA, no tendrán que llenar una solicitud, ya que la beca se otorgará por programación, basado en necesidad económica, hasta que se agoten los fondos disponibles. Según la Certificación 49, este EFC no puede ser mayor de 5486.
Según la Certificación 49 (2018-2019), luego de realizadas las otorgaciones de Beca a los estudiantes de acuerdo a las cantidades en el Artículo XI hubiere algún sobrante, este podrá ser utilizado para beneficiar estudiantes con casos especiales según se dispone a continuación:
- Disminución o cambio sustancial en el ingreso familiar como consecuencia de muerte, incapacidad o cesantía del empleo de algún miembro del grupo familiar que aportaba al ingreso familiar del candidato solicitante; otras situaciones que establezcan disminución o cambio sustancial en el ingreso familiar.
- Dos (2) o más miembros del grupo familiar o dependientes cursando estudios universitarios en una unidad del sistema universitario de la Universidad de Puerto Rico.
- Estudiantes que no cualifican para la Beca PELL o que cumplen con alguno de los siguientes criterios: liderato, prestación de servicios a la comunidad, elaboración de propuestas o ensayos que promuevan el desarrollo comunitario, creatividad y grado de innovación de las propuestas, reconocimientos obtenidos en áreas de estudio, entre otros, cuyo ingreso familiar no excede de cien mil ($100,000.00) anuales.