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Junta de Subastas
Oficina de Rectoría

Mensaje de Bienvenida

Bienvenidos a la página de la Junta de Subastas de la Universidad de Puerto Rico en Ponce. Este es el organismo a cargo de la celebración de subastas en el recinto, conforme al Reglamento sobre Adquisición de Equipos, Materiales y Servicios No Personales de la Universidad de Puerto Rico. Toda organización que participe en procesos de subastas o RFPs deberá asegurarse de cumplir con todas las disposiciones del referido reglamento disponible en la sección Reglamentos y políticas aplicables. Para contactar la Junta de Subastas puede comunicarse al siguiente correo electrónico: militza.dejesus@upr.edu

Descripción y Funciones

Descripción

Según el Artículo 21 del Reglamento sobre Adquisiciones de la Universidad de Puerto Rico estipulado en la certificación número 30 (2008-2009) en cada unidad institucional y en la Administración Central se establecerá por lo menos una Junta de Subastas para la adquisición de equipo, materiales y servicios no personales.
Toda junta de subastas estará compuesta por tres (3) miembros en propiedad y dos (2) alternos, disponiéndose, además, que:
  • Los miembros de las Juntas de Subastas serán nombrados por el Presidente de la Universidad en el caso de la Administración Central y por los Rectores, en el caso de la unidad institucional que dirige. Además, el Presidente y los Rectores, designarán los Presidentes de las respectivas Juntas de entre los tres (3) miembros en propiedad.
  • Los miembros que compondrán cada una de las juntas serán escogidos de entre los funcionarios o empleados de la unidad correspondiente y servirán por un término de tres (3) años, pero podrán ser reemplazados en cualquier momento a discreción del Presidente o Rector, según sea el caso.
  • El Director de Compras de la Unidad será miembro exoficio de la Junta de Subastas.Tendrá voz, pero no voto en las deliberaciones.
  • Los miembros de la Junta de Subastas no recibirán remuneración alguna en adición a sus salarios como empleados o funcionarios de la Universidad.
  • Constituirá quórum de la Junta de Subastas la presencia de cualesquiera tres (3) miembros de la Junta, incluyendo los alternos para este propósito.
  • En ausencia del Presidente de la Junta de Subastas, a una reunión debidamente convocada, cualquier otro miembro de la Junta de Subastas podrá actuar como Presidente Interino, el cual será designado por éstos.
  • Cuando sea necesario o conveniente celebrar una subasta para todo el Sistema Universitario o entre dos (2) o más unidades institucionales, el Presidente de la Universidad, o la persona en la que éste delegue, convocará en consulta con los Rectores de las Unidades involucradas, una Junta de Subastas Conjunta que servirá a las unidades institucionales en aquellas adquisiciones de bienes que les sean comunes. Esta Junta estará compuesta por los Presidentes de las Juntas de Subastas de las Unidades Institucionales involucradas y contará con el asesoramiento de los Directores de Compras de cada una de esas unidades. El Presidente designará al presidente de cada junta conjunta de entre sus integrantes. En aquellos casos en que el número de unidades participantes sea par, el Presidente designará un miembro adicional de entre los funcionarios o empleados de la Administración Central para la Junta de Subastas

Facultades y Deberes

La Junta de Subastas ejercerá las facultades y tendrá los deberes siguientes:
  • Evaluará y emitirá una determinación en torno a cada solicitud de exención de subasta que se le someta a su consideración revisando la evidencia que sustenta cada caso.
  • Celebrará y adjudicará las subastas para la adquisición de bienes y/o servicios nopersonales que deban adquirirse mediante subasta.
  • Podrá nombrar comités técnicos que participen en la evaluación de las ofertas sometidas y ofrezcan su asesoramiento. El Comité regirá sus trabajos bajo las mismas normas de confidencialidad que aplican a la Junta de Subastas. Si los miembros del comité son empleados o funcionarios de la Universidad, no recibirán remuneración por estos servicios.
  • Considerará las solicitudes de cancelación de subastas.
  • Resolverá las solicitudes de reconsideración de licitadores para formar parte del Registro de Licitadores, tanto para nuevo ingreso como reingreso al mismo.
  • Decidirá sobre las recomendaciones para la aplicación de penalidades o sanciones a licitadores, contratistas o suplidores por incumplimiento de sus obligaciones o deberes.
  • Revisará y aprobará las actas de sus reuniones. Las mismas serán firmadas por el Secretario y Presidente de la Junta de Subastas
  • Considerará cualquier otra transacción relacionada con la adquisición de bienes o servicios no personales que el Presidente de la Universidad o Rector someta a la consideración de la Junta.

Reglamentos y Políticas Aplicables

Los procedimientos de compras de la Universidad de Puerto Rico se rigen por la Certificación 30 (2008-2009) conocida como Reglamento sobre Adquisición de Equipos, Materiales y Servicios No Personales de la Universidad de Puerto Rico.
Reglamento de Compras

Subastas / Documentos

SUBASTA UPRP-23-01 REMODELACIÓN DE BAÑOS EN UPR PONCE

Horario

Lunes a Viernes:
8:00 am – 5:00 pm

Localización

Edificio Académico
Ruth Fortuño de Calzada
2do Piso

Llámanos

Cuadro: (787) 844-8181
Exts. 0000, 0000 y 0000

Comités y Miembros

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