
Oficina de Exalumnos
Amigos Leones y Leonas
¡Rojo y Negro, Siempre!
Apoya a tu universidad, dona a la UPR-Ponce
La Universidad de Puerto Rico es una universidad pública de educación superior. Las donaciones a la Universidad de Puerto Rico son deducibles de impuestos para los donantes, bajo la sección 170 (b)(1)(A)(ii) y 170(b)(1)(A)(v) del Código de Rentas Internas del gobierno federal, si son realizados para fines públicos. La Universidad de Puerto Rico es elegible para recibir contribuciones de carácter caritativo deducibles de impuestos bajo la sección 170 (c) del Código de Rentas Internas del gobierno federal. Los donantes tendrían derecho a reclamar deducciones del impuesto federal, sujeto a ciertas limitaciones, si las donaciones se proporcionan de conformidad con las disposiciones del código aplicable.
Nuestra Misión
Ra Oficina de Exalumnos de la UPR Ponce realza los valores de nuestros egresados y mantiene la conexión entre estos, y su universidad mediante la participación activa en los proyectos y programas institucionales fomentando su compromiso de aportar recursos al desarrollo de su Alma Mater.
Nuestros Objetivos
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Promover una relación permanente y sentido de pertenencia de los estudiantes activos y egresados con su Alma Mater.
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Fomentar una comunidad de exalumnos altamente comprometida.
Base de Datos
Cara lograr nuestro objetivo de promover una relación permanente y sentido de pertenencia de los estudiantes activos y egresados con su Alma Mater, se hace necesario el mantener una base de datos que nos conecte.
Les invitamos a unirse a este esfuerzo de la Oficina de Exalumnos, lo único que tienen que hacer es proveernos su información a través de la Internet haciendo uso de nuestra forma «On Line».
Memorabilia
La Universidad de Puerto Rico es una universidad pública de educación superior. Las donaciones a la Universidad de Puerto Rico son deducibles de impuestos para los donantes, bajo la sección 170 (b)(1)(A)(ii) y 170(b)(1)(A)(v) del Código de Rentas Internas del gobierno federal, si son realizados para fines públicos. La Universidad de Puerto Rico es elegible para recibir contribuciones de carácter caritativo deducibles de impuestos bajo la sección 170 (c) del Código de Rentas Internas del gobierno federal. Los donantes tendrían derecho a reclamar deducciones del impuesto federal, sujeto a ciertas limitaciones, si las donaciones se proporcionan de conformidad con las disposiciones del código aplicable.
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