Bienvenidos a la página oficial institucional de la Oficina de Seguridad y Vigilancia de la Universidad de Puerto Rico en Ponce

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Oficina de Seguridad y Vigilancia
Dean of Administration Affairs

Mensaje de Bienvenida

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Misión y Visión

Misión

La misión de la Guardia Universitaria es brindar un servicio de excelencia en la vigilancia y protección de los estudiantes, la comunidad universitaria y la propiedad.

Visión

Nuestra visión es mantener el orden y la vigilancia para minimizar los actos delictivos en los predios de la Institución.  Además, velar por la seguridad de todas las personas que se relacionan con la Universidad.

Funciones de la Oficina

  1. Promover la sana convivencia entre los integrantes de la comunidad universitaria
  2. Propiciar un ambiente de orden en la Institución UPR-Ponce
  3. Velar por la seguridad de la propiedad y los integrantes de la comunidad universitaria

Servicios de la Oficina

  1. Hacer cumplir las normas, leyes y los reglamentos vigentes de nuestra institución UPR-Ponce, a los efectos que se mantenga el orden y seguridad en el campus
  2. Mantener el orden en los predios institucionales
  3. Entregar permisos de acceso a la comunidad universitaria
  4. Proteger la propiedad de la institución UPR-Ponce
  5. Investigar cualquier querella que presente algún integrante de la comunidad universitaria
  6. Proveer información a visitantes

Trámites de Querellas

  1. El querellante reporta el delito ante un Oficial de Seguridad de nuestra Institución UPR-Ponce.
  2. El perjudicado(a) deberá, en una forma clara y precisa, detallar los hechos ocurridos al Oficial de Seguridad. El Oficial transcribe la información en una hoja de Notificación de Querellas.
  3. El querellante deberá proveer toda la información solicitada por el Oficial de Seguridad.
  4. El querellante es orientado sobre todo el proceso que debe seguir, de interesar continuar con la querella en el foro que estime necesario.
  5. Del interés del perjudicado/a se procederá a dar notificación a las autoridades policíacas, siempre y cuando se trate de propiedad privada.
  6. En caso de ser propiedad del Recinto, se seguirá el mismo procedimiento. Se emitirá el informe administrativo a la Oficina de Propiedad y estos procederán de acuerdo a los reglamentos establecidos para tales fines.